martes, 25 de noviembre de 2014

Proyecto de Ordenanza para crear en el ámbito de la ciudad de Funes el Consejo Municipal de Adultos Mayores - Pedido de informe sobre los equipos móviles disponibles, personal asignado, cronograma de recorrido y frecuencias por zonas catastrales, insumos requeridos prestar eficientemente el servicio de riego en nuestra ciudad en el verano

Proyecto de Ordenanza para crear en el ámbito de la ciudad de Funes el Consejo Municipal de Adultos Mayores

Proyecto presentado por el Concejal Roly Santacroce, quien considera en el bienestar de esta parte de la sociedad, dado que son importantes transmisores y hacedores de nuestro patrimonio material / cultural y los verdaderos protagonistas de la historia de la cual la sociedad se debe nutrir para proyectar su futuro.

Se presentó un proyecto de Ordenanza para crear en el ámbito de la ciudad de Funes el Consejo Municipal de Adultos Mayores, que tendrá los siguientes objetivos:

a) Difundir y promover el ejercicio de los derechos de los adultos mayores en el ámbito de la ciudad de Funes.
b) Canalizar orgánicamente la participación de las personas adultas mayores en la generación y evaluación de políticas específicas para el sector.
c) Asesorar al Municipio en la materia, funcionando como un órgano consultor.
d) Integrar activamente al adulto mayor a la vida comunitaria, promoviendo sus aptitudes y capacidades. 


VISTO:
La población de personas adultas que viven en nuestra ciudad.

Y CONSIDERANDO:
Que el envejecimiento es un proceso progresivo natural del ser humano, que cada persona experimenta con diferente intensidad.
Que en la actualidad, es difícil establecer el comienzo de esta etapa de la vida en función exclusiva de la edad, debido a la creciente longevidad que se observa en las sociedades occidentales.
Que una persona es anciana a partir de los 65 años, reservando el término de muy anciano para las que superan los 80. En Europa aproximadamente el 15% de la población está constituida por personas mayores de 65 años.
Que las personas que llegan a una cierta edad se enfrentan a problemas físicos, psíquicos y sociales que derivan de cambios biológicos propios de la edad, y que condicionan, a veces de manera muy estricta, la capacidad para llevar a cabo diferentes actos simples de la vida cotidiana.
Que los adultos mayores son sector de la población más vulnerable, y en muchos casos viven en situación de pobreza, maltrato y abandono, lo que acrecienta su desprotección.
Que es necesario crear el Consejo Municipal de Adultos Mayores, con la intención de atender y orientar a los ancianos que se encuentran en esta situación y brindarles asistencia psicológica, social y jurídica, además de promover la difusión de los derechos del adulto mayor.
Que un Consejo Municipal de Adultos Mayores se centralizará en evacuar toda la problemática de los adultos mayores, como así también crear un ámbito activo y constante para el bienestar de esta parte de la sociedad que son importantes transmisores y hacedores de nuestro patrimonio material y cultural y los verdaderos  protagonistas de la historia de la cual la sociedad se debe nutrir para proyectar el futuro.
Que es necesario trabajar mancomunadamente con las instituciones nacionales de acuerdo al establecido Plan Gerontológico Nacional. Le tenemos que sumar una correcta planificación que abarque los aspectos sociales, jurídicos previsionales, como así también habitacionales y de recreación.
Que si bien es una responsabilidad Nacional también lo es de nuestra sociedad, ya que nos encontramos con el contacto cotidiano de nuestros adultos mayores de Funes.
Que deberá ser tarea de este Consejo Municipal Adultos Mayores compilar un registro de los geriátricos de la ciudad a fin de fiscalizar su funcionamiento, no solamente como un centro con fines de lucro, sino que estén dados todos los requisitos para la óptima calidad de vida de los internados.
Que también crear un ámbito de órgano consultivo con todos los centros de jubilados y organizaciones de adultos mayores, a fin de exponer ideas para la contención de esta población.
Que es propicio trazar un Plan Gerontológico Municipal, a fin de crear centros de día, centros recreativos y para ello sería necesario realizar distintos convenios con instituciones, universidades, etc., para la capacitación como así también pasantías de los estudiantes de los mismos.
Que es necesaria la estimulación de los adultos mayores a participar de la vida social en plenitud, recuperando o fortaleciendo sus posibilidades como se merecen y ser parte activa de esta ciudad.


Que en ciudades como Santa Fe, Bariloche, Caleta Olivia, Rio Gallegos, San Nicolás hay normativas que regulan éstas cuestiones.
Que en nuestra ciudad, la Ordenanza Nº 733/11 en su artículo 13º inciso 19) instruye a la Subsecretaría de Cultura Educación y Turismo inciso a “Promover conjuntamente con la Subsecretaria de Desarrollo Social, la inclusión educativa y el mejoramiento de la calidad de la educación a partir del desarrollo de estrategias que involucren tanto a la educación formal como a la no formal y orientadas a asistir a la escuela, a los docentes y directivos, a los jóvenes, a los niños y adultos mayores”

Es por ello que el Edil abajo firmante, en el uso de sus facultades propias, presenta para su tratamiento el siguiente proyecto de: 

O R D E N A N Z A 

Artículo 1°.- CREASE en el ámbito de la ciudad de Funes el Consejo Municipal de Adultos Mayores, de aquí en adelante denominado (CMAM).

Artículo 2°.- El CMAM tendrá los siguientes objetivos:
a) Difundir y promover el ejercicio de los derechos de los adultos mayores en el ámbito de la ciudad de Funes.
b) Canalizar orgánicamente la participación de las personas adultas mayores en la generación y evaluación de políticas específicas para el sector.
c) Asesorar al Municipio en la materia, funcionando como un órgano consultor.
d) Integrar activamente al adulto mayor a la vida comunitaria, promoviendo sus aptitudes y capacidades.

Artículo 3°.- El CMAM deberá llevar a cabo las siguientes acciones:
a) Tratar la problemática de los adultos mayores evaluando los programas de interés que posibiliten cambios superadores.
b) Plantear los casos particulares que se encuentren en alto riesgo social que hayan sido detectados, buscando soluciones integradoras dentro de los marcos socio-económico-culturales de cada situación individual.
c) Asesorar al funcionario a cargo de la Subsecretaría de Desarrollo Social en cuanto al funcionamiento de las prestaciones que brinda esta área.
d) Sugerir y aconsejar sobre la repercusión que tengan las  actualizaciones sobre los sistemas de prestaciones nacionales y provinciales.
e) Asesorar en materia de nuevas prestaciones o supresión de las existentes.
f) Difundir a través de las organizaciones que representan las prestaciones que se brinden, y el modo más eficaz de acceder a las mismas.
g) Entender en todas las cuestiones que sean sometidas a su consideración

Artículo 4°.- El CMAM estará integrado por:
a) Un (1) representante del Departamento Ejecutivo Municipal.
b) Dos (2) representantes del Concejo Municipal designar por dicho Cuerpo.
c) Dos (2) representantes de entidades civiles y/u organizaciones no guberna_ mentales que trabajen en relación a los adultos mayores y estén inscriptos en el Registro municipal de Organizaciones No Gubernamentales.

Artículo 5°.- El CMAM tendrá como presidente a un representante del Concejo Municipal y como Vicepresidente a un representante de las organizaciones de la sociedad civil que convocarán en forma conjunta al Consejo. Sólo los representantes titulares asignados de acuerdo con lo establecido en el artículo cuarto, tendrán voz y voto.

Artículo 6°.- El CMAM dictará su propio reglamento de funcionamiento que deberá ser aprobado con el voto afirmativo de los representantes del Estado Municipal.

Artículo 7°.-  El Departamento Ejecutivo Municipal arbitrará las medidas necesarias,  incluidas las afectaciones presupuestarias, edilicias y de personal que garanticen el efectivo funcionamiento del CMAM, comprendidos dentro del marco de la presente ordenanza.

Artículo 8°.- De forma.-

Funes, Noviembre de 2014

Concejal Roly Santacroce


Por otro lado, y debido a la proximidad de la época veraniega, donde se pronostican jornadas de altas temperaturas y nuestra ciudad será concurrida por gran cantidad de visitantes que transitarán con sus vehículos por las calles de nuestra ciudad, el Martes 18 de noviembre se sancionó por unanimidad un Decreto presentado y promovido por el Concejal Roly Santacroce para que el Departamento Ejecutivo remita un informe sobre los equipos móviles disponibles, personal asignado, cronograma de recorrido y frecuencias por zonas catastrales, insumos requeridos (combustibles y lubricantes, repuestos, etc.) para prestar eficientemente el servicio de riego en nuestra ciudad desde Noviembre 2014 a Marzo 2015 inclusive.
La idea es naturalmente adelantarse a los inconvenientes surgidos el verano pasado que repercutieron en la prestación.

Fuente: Prensa Concejal Roly Santacroce